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Niegan asistencia medica por no estar cotizando.

Niegan asistencia medica por no estar cotizando.

 OJO: ¡ No te quedes sin prestación sanitaria !

Suele ocurrir con frecuencia

Cuando uno se queda en el paro, y no cotizas a la S.S. la asistencia médica le abarca hasta los 3 meses después.

Cuando uno trabaja, cotiza, y por tanto tiene derecho a SS. Si cobra el paro, también cotiza y tiene derecho, pero si lo que cobras es el subsidio que viene después del paro eso no cotiza, y no tienes derecho. ¿Cómo puedes tener entonces derecho? Debes apuntarte con alguien que si lo tenga, por ejemplo si vives con tus padres, con ellos, si vives con tu marido o esposa, con ellos y si vives en pareja sin estar casados, también te puedes apuntar con tu pareja siempre y cuando lleves un padrón que atestigüe que lleváis más de un año juntos.

3 Opciones:

  1. Solicitar pongan asimilado a un familiar que sí cotice.
  2. Solicitar la prestación, como persona sin recursos, y a través de la (Asistencia Social)
  3. Pagar, por la prestación sanitaria recibida.

La S.S. dice así:La asistencia sanitaria de la Seguridad Social tiene por objeto la prestación de los servicios médicos y farmacéuticos necesarios para conservar o restablecer la salud de sus beneficiarios, así como su aptitud para el trabajo. Proporciona, también, los servicios convenientes para completar las prestaciones médicas y farmacéuticas, atendiendo, de forma especial, a la rehabilitación física precisa para lograr una completa recuperación profesional del trabajador. 

  • En el caso de los trabajadores por cuenta ajena

El derecho a esta prestación, en los supuestos de maternidad, enfermedad común o accidente no laboral, se mantendrá durante un plazo de 3 meses, aun cuando el trabajador no estuviera al corriente en el pago de cuotas.  

  • En el caso de los trabajadores por cuenta propia,

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