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Asociacion Autonomos La Granera ----------ASOCIATE----------

PRESTACIONES

14 De Mayo 2010

Los autónomos podrán cobrar un año de paro


J. G. N. | MADRID

La comisión de Trabajo del Congreso aprobó ayer, por unanimidad, el proyecto de ley que regula la protección por cese de actividad de los autónomos, incluyendo una enmienda transaccional pactada por La comisión de Trabajo del Congreso aprobó ayer, por unanimidad, el proyecto de ley que regula la protección por cese de actividad de los autónomos, incluyendo una enmienda transaccional pactada por to...Ir al artículo completo

Niegan asistencia medica por no estar cotizando.

Niegan asistencia medica por no estar cotizando.

 OJO: ¡ No te quedes sin prestación sanitaria !

Suele ocurrir con frecuencia

Cuando uno se queda en el paro, y no cotizas a la S.S. la asistencia médica le abarca hasta los 3 meses después.

Cuando uno trabaja, cotiza, y por tanto tiene derecho a SS. Si cobra el paro, también cotiza y tiene derecho, pero si lo que cobras es el subsidio que viene después del paro eso no cotiza, y no tienes derecho. ¿Cómo puedes tener entonces derecho? Debes apuntarte con alguien que si lo tenga, por ejemplo si vives con tus padres, con ellos, si vives con tu marido o esposa, con ellos y si vives en pareja sin estar casados, también te puedes apuntar con tu pareja siempre y cuando lleves un padrón que atestigüe que lleváis más de un año juntos.

3 Opciones:

  1. Solicitar pongan asimilado a un familiar que sí cotice.
  2. Solicitar la prestación, como persona sin recursos, y a través de la (Asistencia Social)
  3. Pagar, por la prestación sanitaria recibida.

La S.S. dice así:La asistencia sanitaria de la Seguridad Social tiene por objeto la prestación de los servicios médicos y farmacéuticos necesarios para conservar o restablecer la salud de sus beneficiarios, así como su aptitud para el trabajo. Proporciona, también, los servicios convenientes para completar las prestaciones médicas y farmacéuticas, atendiendo, de forma especial, a la rehabilitación física precisa para lograr una completa recuperación profesional del trabajador. 

  • En el caso de los trabajadores por cuenta ajena

El derecho a esta prestación, en los supuestos de maternidad, enfermedad común o accidente no laboral, se mantendrá durante un plazo de 3 meses, aun cuando el trabajador no estuviera al corriente en el pago de cuotas.  

  • En el caso de los trabajadores por cuenta propia,